De tal forma que han surgido 11 variantes de estos términos regulatorios.
Sin embargo, para entender cada una de estas variantes es necesario conocer a grandes rasgos las particularidades de cada uno de los cuatro principales grupos.
Incoterms grupo C
Estos términos hacen referencia a cuando el vendedor se hace responsable de todos los costos de transporte internacional. Sin embargo, la transferencia del riesgo se realiza al momento en que la mercancía es cargada al medio de transporte.
Incoterms grupo D
En este caso el vendedor es responsable tanto de los riesgos como de los costos necesarios para transportar la mercancía hasta el país de destino.
Incoterms grupo E
Estos términos se refieren a cuando el comprador es responsable de recoger la mercancía, además de que asume los riesgos y costos.
Incoterms grupo F
Esta clasificación se refiere a cuando el vendedor se compromete a entregar la mercancía por el medio de transporte definido por el comprador. Sin embargo, este último asume los costos, el riesgo y la responsabilidad.
En cuanto a la subdivisión de estos grupos principales los factores que intervienen para diferenciar los términos son:
Si pueden ser usados para una combinación de medios de transporte (incoterms EXW, FCA, CPT, CIP, DAP, DPU, DDP) o si solo son adecuados para transporte terrestre o marítimo (incoterms FAS, CFR, FOB, CIF).